
Ley de Responsabilidad Civil por Daños Nucleares
Autor: H. Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos
Número de Páginas: 6LEY DE RESPONSABILIDAD CIVIL POR DAÑOS NUCLEARES. CAPITULO PRIMERO Objeto y Definiciones ARTICULO 1.- La presente ley tiene por objeto regular la responsabilidad civil por daños que puedan causarse por el empleo de reactores nucleares y la utilización de substancias y combustibles nucleares y desechos de estos. ARTICULO 2.- Las disposiciones de la presente ley son de interés social y de orden público y rigen en toda la República.